- Tamiko Hasegawa: La minería ya no se mide en producción y tonelaje, sino también en beneficios a las comunidades
- Incremento en la producción de hierro en Perú destaca como factor clave para la transición energética
- China, Canadá y México concentran el 57% de la inversión minera en Perú
- PPX Mining Corp, con segundo tramo de financiamiento para planta en proyecto Igor
- Centro de Monitoreo de Ferreyros destaca por alto desempeño a nivel mundial
Consejo de Minería elige nuevas autoridades para el período 2025
- Fernando Gala Soldevilla y Cecilia Sancho Roja, fueron elegidos como presidente y vicepresidenta para su ejercicio en el presente año
El ingeniero Luis Fernando Gala Soldevilla fue elegido como nuevo presidente del Consejo de Minería, entidad que constituye la máxima jurisdicción administrativa en asuntos mineros, en virtud al Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería.
De igual forma, la abogada Cecilia Elizabeth Sancho Rojas fue elegida como nueva vicepresidenta de este tribunal encargado de resolver, de forma definitiva, todos los asuntos mineros que son materia de resoluciones en la primera instancia administrativa.
Cabe señalar que el Consejo de Minería del Ministerio de Energía y Minas (MINEM), es el órgano jurisdiccional administrativo en materia de minería y asuntos ambientales. Dentro de sus funciones principales está resolver, en última instancia, todos los asuntos mineros. También, son los encargados de uniformizar la jurisprudencia administrativa en materia minera.
Este tribunal también absuelve las consultas formuladas por los órganos del Sector Público Nacional. Además, de uniformar la jurisprudencia administrativa minera, resolver los recursos de Queja Procesal por denegatoria del recurso de revisión, así como determinar sobre los daños y perjuicios que se reclamen en la vía administrativa en materia minera.
El Consejo de Minería es un tribunal administrativo autónomo y colegiado. En contra de sus dictámenes no procede recurso alguno en la vía administrativa. Está integrado por cinco vocales titulares y un secretario relator letrado, quienes deben desempeñar el cargo a tiempo completo.